viernes, 5 de agosto de 2011

¿Pueden Cristiano y Kaka ser "confiscados" por el Banco Central Europeo?

05-08-11 | DEPORTES

¿Pueden Cristiano y Kaka 

ser "confiscados" 

por el Banco 

Central Europeo?




Para comprar a estos dos astros del fútbol, Real Madrid recurrió en 2009 a préstamos bancarios que a su vez fueron puestos como garantía ante el BCE, que bien podría decidir ejecutar esa caución
Crédito foto: AFP


La hipótesis no es -de momento- más que tema de especulación y de ironía, pero la edición francesa de la revista Slate tomó la humorada como base para elucidar una cuestión que actualmente no está tan clara: ¿a quién pertenecen los jugadores?

El club madrileño pagó 94 millones de euros al Manchester United y 65 millones al Milan por la compra de Cristiano Ronaldo y Kaká respectivamente. Pero para poder concretar la operación se endeudó con el mayor banco de España, el Santander, por 150 millones de euros y con Caja Madrid, la mayor caja de ahorro del país, por 76,5 millones. Es este último crédito el que despierta polémica.

A fines de 2010, dice SlateCaja Madrid fue integrada a Bankia, una entidad que agrupa a 7 cajas de ahorro y que preside Rodrigo Rato, ex director del Fondo Monetario Internacional. Es un banco que aprobó con lo justo los tests de resistencia bancarios. Además, acababa de ingresar a la Bolsa y buscaba dinero fresco.

Para ello, depositó ante la Comisión Nacional de Valores de Mercado la carpeta de un fondo en el cual agrupó una serie de préstamos otorgados a grandes empresas españolas -el Real incluido- por un monto cercano a los 800 millones de euros, parcelados em "franjas" de obligaciones que podrá colocar ante el BCE para obtener liquidez. Una operación llamada collaterized debt obligations, recuerda Slate.

Cabe aclarar que lo que fue puesto en garantía no son los contratos de los dos jugadores sino los préstamos acordados al Real Madrid. Por lo tanto, si la Bankia no pudiese reembolsar al BCE, éste pasaría a ser acreedor del Real, pero no dueño de los jugadores.

El club debe pagar intereses semestrales a la Bankia por un monto de 2,5 a 3,3 millones de euros, según una tasa que es variable. Además debe saldar el monto del préstamo en tres pagos de 25,5 millones de euros en julio de 2012, 2013 y 2014.

En concreto, explica el informe, los jugadores del fútbol profesional tienen un doble estatus: son trabajadores y mercancía al mismo tiempo: "Son trabajadores ligados por contratos a empresas que son clubes profesionales, pero tienen también un valor transaccional en la medida en que un club puede pagar dinero a otro para recomprar ese contrato, operación llamada transferencia; terminología que refleja esa dimensión mercantil".

La revista consultó a varios especialistas en derecho del deporte y a economistas para elucidar las cuestiones que surgen de las modalidades de compra-venta y préstamo de astros deportivos que se han vuelto cada vez más frecuentes en todo el mundo.

La pregunta que queda flotando en el caso de Ronaldo y Kaká es si un jugador puede pertenecer a una entidad que no sea un club. Por ejemplo, a un banco. En Italia y América del Sur está muy extendida la práctica de los "préstamos" de jugadores e incluso la copropiedad entre más de un club de un jugador que sin embargo juega para uno solo de ellos. El ejemplo es el del también brasileño Adriano que perteneció al mismo tiempo al Inter de Milán y al Parma.

En España está permitido que entidades que no sean clubes posean una parte del contrato de un jugador. Slate cita el caso del Zaragoza que acaba de anunciar la compra con ayuda de un fondo de inversión del guardavalla Roberto. Otros países, como Francia, prohíben esto.

El argentino Carlos Tévez, en torno a cuya transferencia entre los clubes West Ham y Manchester United hubo muchas batallas jurídicas, es ejemplo de que esta mecánica puede llevar a que empresas privadas poseedoras de parte de su contrato puedan ejercer influencia en la carrera del jugador en detrimento de los clubes.

Lo mismo sucedería si un banco llegase a pedir como garantía de un préstamo los contratos de los jugadores. Correspondería a la justicia decidir si el banco es sólo un socio pasivo, un espectador sin voz ni voto en el destino de una estrella deportiva, o si podrá ejercer influencia en el mismo. Pero no en todos los países existe una jurisprudencia clara al respecto. Y los expertos discrepan en cuanto a lasconsecuencias que tendría la puesta de un contrato de esta clase como caución de un crédito. Para ponerlo en términos concretos y actuales: si el Banco Central Europeo tendría el derecho o no de "dirigir" a Kaká y a Cristiano Ronaldo.

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